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 Veinte años no es nada...? Así reza el tango, pero......(presione ver más para seguir leyendo)


SIPA - Jubilaciones
05/Ago/2010 - 11:15:33 AM
Haber Mínimo Garantizado

** Resolución (ANSES) 651/2010 (BO 05/08/10)**

ANSES fijo el haber mínimo garantizado vigente a partir del mes de septiembre de 2010 establecido de conformidad con las previsiones del artículo 8º de la Ley Nº 26.417 en la suma de de 1.046,43 y el haber máximo vigente a partir de la misma fecha en la suma de de $ 7.666,37.


Así mismo determino valor de la movilidad de las prestaciones alcanzadas por la ley 24241 que regirá a partir de septiembre de 2010, como así también ajusto desde dicho mes los montos de los haberes mínimos y máximos, la base imponible mínima y máxima para el cálculo de los aportes y el importe de la Prestación Básica Universal (PBU).





Micro, Pequeñas y Medianas Empresas
04/Ago/2010 - 1:24:57 PM
Programa de Estímulo al Crecimiento

** Resolución (SPyME) 15/2010 (BO 04/08/10)**

La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional emitió las órdenes de pagos por la adjudicación de los cupos de crédito ofrecidos por las Entidades Financieras participantes de cada uno de los llamados a Licitación en el marco del Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.


EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL RESUELVE:
Artículo 1º - Emítese la orden de pago por un total de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON SESENTA Y DOS CENTAVOS ($ 1.627.250,62.-) en concepto de pago de bonificación a los créditos otorgados por la utilización de los cupos colocados con vencimiento en el mes de julio de 2010, cuyo beneficiario es el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, debiendo éste realizar las acreditaciones en las cuentas corrientes de los distintos bancos operadores de las líneas de financiamiento del Régimen de Bonificación de Tasas, según surge del Anexo que, con DOS (2) hojas, forma parte integrante
de la presente medida.
Art. 2º - La presente medida entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el
Boletín Oficial.





Provincia de Buenos Aires
03/Ago/2010 - 12:10:57 PM
Regímenes de Información

**Resolución Normativa Nº 042/10**

La Agencia de Recaudación efectuó algunas adecuaciones al régimen de información referido a los pagos que, con motivo de la presentación al cobro de cheques, efectúen las entidades financieras a aquellos que revistan o asuman el carácter de sujetos alcanzados por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos creado por RN 09/10.



Provincia de Córdoba
02/Ago/2010 - 11:22:37 AM
Liquidación Administrativa

** Resolución Normativa N° 17/10 (BO 02/08/10)**

La Dirección de rentas de la Provincia de Córdoba incorporó, como una Situación Especial de la Sección 7 del Capítulo 2 de la Resolución Normativa 1/2009 y modificatorias, el procedimiento de la Liquidación Administrativa en los casos previstos en el segundo párrafo del Artículo 47° bis del Código Tributario.


El segundo párrafo del art 47 bis del Código Tributario dispone que cuando los contribuyentes y/o responsables apliquen para determinar el tributo, alícuotas improcedentes a la actividad económica declarada por los mismos, conforme la codificación prevista en las disposiciones legales pertinentes, no procederá para su impugnación el procedimiento normado en los artículos 48 y siguientes de este Código, sino que la Dirección General de Rentas efectuará la intimación de pago de los conceptos reclamados o de la diferencia que generen en el resultado de la declaración jurada presentada, mediante la pertinente Resolución.





Programas Empleo
02/Ago/2010 - 11:21:25 AM
Acciones de Entrenamiento para el Trabajo

** Resolución (SE) 905/2010 (BO 02/08/10)**

La Secretaría de Empleo reglamento las Acciones de Entrenamiento para el Trabajo dispuestas por Resolución (MT) Nº 696/06 como parte de las prestaciones formativas y de promoción del empleo destinadas a los participantes del SEGURO DE CAPACITACION Y EMPLEO y de otras programas o acciones de esa Cartera de Estado.


Recordamos que por la Resolución (MT) Nº 708/10 se unificaron los criterios, condiciones y alcances de las actividades de ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO, instituidas por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 696/06, y de las prácticas calificantes en ambientes del trabajo del PROGRAMA JOVENES CON MAS Y MEJOR TRABAJO, bajo la denominación común de ACCIONES DE ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO.





Promoción de la Inversión
30/Jul/2010 - 2:30:42 PM
Prorrogan Evaluación de Proyectos

** Resolución (MI) 17/10 (BO 30/07/10)**

El Ministerio de Industria amplio en 15 días el plazo de evaluación de inversiones en obras de infraestructura, en el marco del régimen promocional transitorio para las inversiones en bienes de capital nuevos destinados a la actividad industrial creado por ley Ley 26.360.


La Ley 26.360 reguló un régimen promocional transitorio para las inversiones en bienes de capital nuevos destinados a la actividad industrial, así como también para las obras de infraestructura que se efectivicen desde el 1 de octubre de 2007 hasta el 30 de setiembre de 2010. El régimen se reglamentó mediante la Resolución Conjunta 1772/09 (MPFIPS), 195/09 (MEFP) y 375/09 (MP) aprobando los Reglamentos de Promoción de Proyectos de Inversión en Obras de Infraestructura y en Bienes de Capital que se anexan a la norma.





Ciudad Autónoma de Buenos Aires
30/Jul/2010 - 2:29:21 PM
Régimen de Facilidades de Pago

**Resolución (AGIP) 2.821/10**

La Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos de la Ciudad Autónoma termino de reglamentar el Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias dispuesto por Ley 3.461 y reglamentado por el Decreto 533/10 y la Resolución (AGIP) 393/10.


La norma regula las formalidades, plazos y condiciones para que los contribuyentes en mora puedan adherir al régimen extraordinario que rige desde el 20 de julio y permanecerá hasta el 21 de septiembre de 2.010.





Promoción de la Inversión
29/Jul/2010 - 12:57:54 PM
IVA - Devolución Anticipada

** Resolución General (AFIP) 2885/10 (BO 29/07/10)**

AFIP dispuso el procedimiento que deben seguir los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado, a los fines de solicitar la acreditación del gravamen que les haya sido facturado por la compra, fabricación, elaboración o importación definitiva de los bienes de capital nuevos contra otros impuestos a cargo de ese Organismo o, en su defecto, la devolución anticipada, en el marco del régimen de promoción industrial dispuesto por Ley Nº 26.360.


La Ley Nº 26.360 de Promoción de Inversiones en Bienes de Capital y Obras de Infraestructura, estableció un régimen transitorio de incentivos fiscales para inversiones en bienes de capital nuevos -excepto automóviles-, destinados a la actividad industrial, y obras de infraestructura -excluidas las obras civiles- consistente, entre otros, en la devolución anticipada del impuesto al valor agregado o la aplicación de los créditos de este gravamen contra otros tributos.







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