Seguridad Social
04/Abr/2016 - 10:29:05 AM
**Resolución General (AFIP) 3843/16, 3842/16 y 3852/16 (BO 04/04/16)**
La Administración Federal de Ingresos Públicos fijo los Indicadores Mínimos de Trabajadores para las actividades de Confiterías Bailables, Establecimientos hoteleros de una (1) a cinco (5) estrellas, y Transporte de pasajeros en chárteres.
Por Resolución General Nº 2.927 se fijaron Indicadores Mínimos de Trabajadores (IMT), presunciones que, sobre la base del principio interpretativo de preeminencia de la realidad económica permiten, determinar de oficio la cantidad de trabajadores requeridos para desarrollar ciertas actividades y los aportes y contribuciones respectivos con destino al Sistema Unico de la Seguridad Social.