Convenio Multilateral
29/Abr/2016 - 9:54:08 AM
**Resolución General 7/2016 (BO 29/04/16)**
La Comisión Arbitral preciso el tratamiento que debe conferirse a los gastos e impuestos devengados en razón de operaciones de depósito o transferencias en cuentas bancarias, en el marco del régimen general del Convenio Multilateral del 18/08/77.
Los gastos, comisiones e impuestos devengados por la utilización de cuentas bancarias resultan consentidos por sus titulares, en razón de los respectivos convenios de adhesión suscriptos en oportunidad de su apertura.