Convenio Multilateral
29/Nov/2016 - 10:09:13 AM
**Resolución General (CA) 21/2016**
La Comisión Arbitral estableció para el período fiscal 2017, las fechas de vencimiento para la presentación de la declaración jurada y pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral.
En virtud de la decisión de utilizar el número de CUIT como identificación de los contribuyentes de Convenio Multilateral, se torna necesario que los vencimientos se determinen por el dígito verificador de dicho número de CUIT.