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Seguridad Social

27/Dic/2018 - 10:09:49 AM

Contribuciones Patronales - Mínimo Exento - Aumento

**Resolución (SSS) 3/2018 (BO 27/12/18)**
La Scretaria de la Seguridad Social actualizo el monto al que hace referencia el primer párrafo del artículo 4° del Decreto N° 814, fijandolo en la suma de diecisiete mil quinientos nueve con veinte centavos ($17.509,20), a partir del 1° de enero de 2019.

Por medio del artículo 167 y del inciso c) del artículo 173, ambos de la Ley N° 27.430, se sustituyó el artículo 4° del Decreto N° 814 del 20 de junio de 2001 y sus modificatorias, estableciéndose que la aplicación gradual de un monto mínimo no imponible de PESOS DOCE MIL ($12.000) actualizable desde enero de 2019, sobre la base de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) suministrado por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSITICAS Y CENSOS (INDEC), en concepto de remuneración bruta, que los empleadores comprendidos en el mentado decreto detraerán mensualmente, por cada uno de los trabajadores, de la base imponible de las contribuciones patronales.
La SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL es la encargada de actualizar y publicar el valor correspondiente al referido monto mínimo, en los términos indicados en el primer párrafo del artículo 2° del Decreto N° 759 del 16 de agosto de 2018.

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