Ciudad de Buenos Aires
20/Feb/2019 - 8:57:43 AM
**Resolución (AGIP) 27/2019**
La AGIP dispuso el reempadronamiento obligatorio de los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos comprendidos en las categorías Locales, Régimen Simplificado y actividades especiales, efectuándose la conversión automática de los códigos de actividad , de conformidad con la tabla de conversiones entre el “NAES”
A tal fin, los contribuyentes deberán consultar su reempadronamiento, disponible en la página web de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (www.agip.gob.ar), utilizando la Clave Ciudad Nivel 2 y seleccionando la opción “Cambio de Actividades ISIB” debiendo modificarse o confirmarse la/s correspondiente/s equivalencia/as y finalizar el proceso mediante la opción “Confirmar”.