Seguridad Social
21/Feb/2019 - 8:26:11 AM
**Resolución (SSS) 4/2019 (BO 21/02/2019)**
La Secretaria De Seguridad Social fijo el valor de la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias, correspondiente al mes de MARZO de 2019, es de ONCE COMA OCHENTA Y TRES por ciento (11,83 %).
A través del artículo 1° de la Ley N° 27.426, se sustituyó el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, y se estableció un nuevo índice de movilidad de las prestaciones mencionadas en los incisos a), b), c), d), e), y f) del artículo 17 de ese cuerpo legal.