Factura de Credito Electronica MiPyME
11/Mar/2019 - 8:48:29 AM
**Resolución (MPT) 5/2019 (BO 11/03/19)**
El Ministerio de la Producción dispuso que, a efectos de evitar complejizar el desarrollo comercial en operaciones de bajo monto y que, en términos generales, son canceladas al contado, por el término de UN (1) año, el Régimen Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs resultara aplicable sólo respecto de los comprobantes que se emitan por un monto total igual o superior a la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000).
Asi mismo se deroga el Artículo 2° de la Resolución N° 209/18 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, que establece un cronograma de aplicación del citado Régimen, progresivo por sectores de actividad de la economía, considerando las especificidades propias de cada uno de ellos.