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Inspecciones Labroales

27/Mar/2019 - 9:34:50 AM

Actuacion Ante el Trabajo de Menores

**Resolución (ST) 425/2019 (BO 27/03/2019)**
La Secretaria De Trabajo aprobo el ¨Procedimiento para la Actuación de la Inspección Laboral Nacional ante la presencia de menores de 16 años trabajando”. El Procedimiento mencionado entrará en vigencia a partir del dictado de la presente resolución.

La Ley N° 26.390 establece que queda prohibido el trabajo de las personas menores de DIECISEIS (16) años en todas sus formas y le recuerda a la inspección laboral que deberá ejercer las funciones conducentes al cumplimiento de dicha prohibición.
La Ley N° 25.212 califica como una infracción administrativa muy grave el trabajo de los niños y niñas infringiendo la edad mínima de admisión al empleo.
El art. 35 de la Ley 25.877 faculta al ex Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a realizar en todo el territorio de la República Argentina acciones de fiscalización para la prevención y la erradicación del trabajo infantil.

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