Procedimiento Tributario
29/Nov/2019 - 8:52:14 AM
**Resolución General (AFIP) 4638/2019 (BO 29/11/19)**
La AFIP modifico la RG 4557/19 que estableció un régimen de facilidades de pago en el ámbito del sistema “MIS FACILIDADES” aplicable a la cancelación de obligaciones vencidas hasta el día 15 de agosto de 2019 y suspendió por el término de 90 días la traba de medidas cautelares para los sujetos que revistan la condición de MiPyMEs , o Potencial MiPyMEs - Tramo I y II”, a fin de extender hasta el día 31 de diciembre de 2019, inclusive, el aludido plazo de suspensión.
La Resolución General N° 4.616, había prorrogado hasta el 30 de noviembre de 2019, inclusive, la fecha límite para adherir al referido régimen de facilidades de pago.