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Procedimiento Tributario

31/Ene/2020 - 8:58:19 AM

Moratoria Impositiva y Previsional

** Resolución General 4667 -BO 31/01/20 **

AFIP reglamentó el Título I de la ley 27541 a través de 52 artículos y dos anexos relativa a la regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y entidades civiles sin fines de lucro.

 La adhesión al régimen podrá efectuarse desde el 17 de febrero y hasta el 30 de abril de 2020. El aplicativo estará disponible a partir del 17 de febrero. La primera cuota vencerá el 20 de julio. 

La resolución establece estímulos para promover el ingreso temprano al plan. La moratoria prevé una condonación parcial de intereses y total de multas. Se permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que un contribuyente tenga a favor en AFIP para restarlo de la deuda. 

La moratoria dispone el levantamiento de embargos y suspensión de la acción penal.-

Se podra cancelar en hasta 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras y hasta 60 cuotas para aportes y retenciones. La moratoria permite refinanciar en plazos de hasta 10 años toda la deuda impositiva, aduanera y de la seguridad social que tenga un contribuyente y pagar una única cuota mensual. La iniciativa prevé la condonación parcial de intereses y total de multas.

La primera cuota vencera en julio/20. Se aplicará una tasa de financiación del 3% mensual fija por un año y a partir de ese momento, una tasa variable. El plan permite reformular todos los planes de facilidades de pagos vigentes o caducos en una sola cuota (los beneficios para los contribuyentes serán menores que el resto de las empresas). Se puede incluir deuda vencida hasta el 30 de noviembre de 2019.-

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