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Provincia de Córdoba

04/Feb/2020 - 7:47:39 AM

FONDEP - Percepción - Adecuaciones

**Resolución Normativa (SIP) 58/19 (BO 04/02/20)**
La Secretaria de Ingresos Públicos de la Provincia efectuó algunas precisiones sobre el Título V de la Ley Nº 10.679 (B.O. 26-12-2019) por el que se crea el Fondo para el Desarrollo Energético Provincial (FODEP), destinado a la financiación y ejecución de las obras de infraestructura e inversiones para el mejoramiento y modernización de los servicios de provisión, distribución, transporte y peaje de energía eléctrica.

Atento el origen tributario otorgada a la citada percepción por la Ley N° 10.679, se considera oportuno establecer las definiciones que deberá observar EPEC en su calidad de agente, a los efectos de ingresar correctamente los importes percibidos con destino al FODEP.

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