Emergencia Sanitaria
16/Dic/2020 - 11:44:57 AM
**Resolución General (AFIP) 4881/20 (BO 16/12/20)**
La AFIP dispuso los empleadores podrán acceder al servicio “web” “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción - ATP”, desde el 17 de diciembre y hasta el 23 de diciembre de 2020, a los efectos de obtener los beneficios respecto de los salarios y contribuciones con destino al SIPA que se devenguen durante el mes de diciembre de 2020, o, en su caso, el beneficio del “Programa REPRO II.
Mediante la Decisión Administrativa N° 2.181 del 11 de diciembre de 2020, la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS adoptó las medidas recomendadas por el Comité mencionado en el sexto párrafo del considerando, a través del Acta Nº 27 (IF-2020-85968887-APN-MEC) anexa a la misma, referidas a la extensión de los beneficios del Programa ATP y al citado “Programa REPRO II”, respecto de los salarios y contribuciones que se devenguen durante el mes de diciembre de 2020.