Provincia de Córdoba
30/Jun/2021 - 2:51:37 PM
** Decreto N° 614/21 (BO 30/06/21)**
El gobierno de la Provincia dispuso un régimen de diferimiento de la Tasa Retributiva de Servicios, para los servicios de transporte automotor de pasajeros autorizados que se encuadren en el artículo 9°, incisos D, E, F y G de la Ley N° 8669, en relación a la 1° cuota, cuyo vencimiento operó el día 10 de abril de 2021.
El monto total diferido no devengará intereses y el importe de la cuota diferida deberá cancelarse como fecha límite el día 31 de marzo de 2022