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Provincia de Córdoba

12/Oct/2022 - 11:15:24 AM

IIBB - Alquileres - Valor Locativo - Reglamentación

**Resolución Normativa (SIP) 9/22 (BO 12/10/22)**
La Secretaria de Ingresos Públicos de la Provincia de Córdoba estableció el procedimiento para determinar los valores de referencia de los alquileres para determinar el impuesto sobre los ingresos brutos y el impuesto de sellos mencionados por los Artículos 230 y 275 del Código Tributario.

El Artículo 230 citado establece que en los casos de locación de inmuebles la base imponible del Impuesto sobre los Ingresos Brutos estará constituida, entre otros aspectos, por el valor locativo pactado entre las partes. En ningún caso dicho valor puede ser inferior al valor de referencia que para cada zona o radio disponga la Dirección como renta locativa mínima potencial del contribuyente o al valor que se determine para el caso particular bajo verificación y/o fiscalización.

Asimismo, respecto al Impuesto de Sellos, el Artículo 275 del Código Tributario establece que para los contratos de locación o sublocación de inmuebles previstos en su inciso a), cuando el valor locativo pactado entre las partes sea menor al valor de referencia establecido por la Dirección, en los términos del Artículo 230 precedente, deberá considerarse dicho valor de referencia a los fines de la determinación de la base imponible.

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