**Resolución General (AFIP) 5494/23(BO 26/03/24)**
Al AFIP prorrogo hasta el 30 de abril de 2024, inclusive, el plazo para la presentación del formulario de declaración jurada F.572 Web a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR” correspondiente al período fiscal 2023, como así también extender el plazo para el cumplimiento por parte del agente de retención de la obligación de realizar la liquidación anual del gravamen por dicho período fiscal, hasta el 31 de mayo de 2024, inclusive.
**Decreto (PEN) 274/24 (BO 25/03/24)**
El Gobierno Nacional dispuso una estableció una nueva pauta de movilidad jubilatoria basada en la actualización mensual de los haberes de acuerdo con las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor publicado por el INDEC.
**Resolución (UIF) 48/24 (BO 25/03/24)**
La Unidad de Información Financiera estableció las medidas y procedimientos que los abogados contemplados como Sujetos Obligados en el inciso 17 del artículo 20 de la Ley N° 25.246 y sus modificatorias, deberán adoptar y aplicar, de acuerdo con sus políticas, procedimientos y controles, a los fines de evitar el riesgo de ser utilizados por terceros con objetivos criminales de LA/FT.
**Resolución General (CA) 5/24 (BO 22/03/24)**
La Comisión Arbitral modifico la Resolución General N° 15/2023 que actualizó el ordenamiento de resoluciones generales contenidas en la RG N° 18/2022; a fin de incorporar las normas sobre Banca Digital.
**Decreto 268/2024 (BO 21/03/24)**
El Gobierno nacional dispuso una nueva ayuda económica previsional por un monto máximo de PESOS SETENTA MIL ($70.000) para aquellos titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto menor o igual a $134.445,30.
**Resolución (RENARE) 1226/2024 (BO 21/03/24)**
El RENATRE aprobó el incremento de los montos de la Prestación por Desempleo, para todos los trabajadores rurales, instituido por la Ley N° 25.191, los que quedarán fijados, a partir del mes de abril de 2024, en un monto mínimo de $50.000,00, y un máximo de $100.000,00.
**Resolución General (AFIP) 5492/2024 (BO 21/03/24)**
La AFIP dispuso con carácter de excepción, el 25 de marzo de 2024 como fecha de vencimiento para cumplir con la determinación y/o el ingreso del impuesto PAIS, Impuesto sobre los Créditos y Débitos y el impuesto a las Entradas de Espectáculos Cinematográficos, con vencimiento fijado originalmente para el 27 de marzo del corriente año.
**Resolución General (SIP) 2207/2024 (BO 21/03/24)**
La DGR de la Provincia dispuso un plazo adicional para que los contribuyentes/responsables locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que tributan por el Régimen General, puedan presentar y pagar la declaración jurada del anticipo 02/2024 hasta el día 22/03/2024, de la misma manera que lo hizo la Comisión Arbitral a través de la Disposición de Presidencia N° 3/2024 para los contribuyentes de Convenio Multilateral.