Seguridad Social
13/Abr/2018 - 9:09:36 AM
**Resolución (ANSES) 61/2018 (BO 13/04/18)**
ANSES modifico el artículo 1° de la Resolución D.E. –N N° 616/15 con el objeto de establecer la oportunidad en que deberán aplicarse los índices de movilidad para cada tipo de asignación familiar.
A través de la Ley N° 24.714, sus modificatorias y complementarias, se instituyó, con alcance nacional y obligatorio, un Régimen de Asignaciones Familiares para los trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada y pública nacional; para los beneficiarios de la Ley sobre Riesgos de Trabajo y del Seguro de Desempleo; para aquellas personas inscriptas y con aportes realizados en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) establecido por la Ley N° 24.977, sus complementarias y modificatorias; para los beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), beneficiarios del régimen de pensiones no contributivas por invalidez, para la Pensión Universal para el Adulto Mayor; como así también para los beneficiarios de la Asignación por Embarazo para Protección Social y la Asignación Universal por Hijo para Protección Social. La Ley N° 27.431 modificó el segundo párrafo del artículo 1° de la Ley N° 27.160, determinando que el cálculo de la movilidad se realizaría conforme a lo previsto por el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias.