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26/Nov/2020 - 11:24:21 AM

Programa REPRO II - Tratamiento Para Nuevos Empleadores

**Resolución (ST) 1540/2020 (BO 26/11/20)**
La Secretaria de Trabajo fijo los requerimientos de información y documentación y los criterios de preselección y selección para los nuevos sujetos empleadores, con el propósito de asegurar condiciones equitativas para el acceso al “Programa REPRO II”, con respecto a empleadores preexistentes.

-Por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 938 del 12 de noviembre de 2020 fue creado, en el ámbito de esta Cartera de Estado, el “Programa REPRO II”, que consistirá en una suma dineraria individual y fija a abonar a los trabajadores y las trabajadoras, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores y las empleadoras adheridos al Programa, de acuerdo a lo establecido en dicha normativa.
-La situación particular de las empleadoras y los empleadores que iniciaron su actividad a partir del 1° de diciembre de 2019 requiere un tratamiento diferenciado para determinar el acceso al “Programa REPRO II”, ello motivado porque parte de la información solicitada se refiere a un periodo en el cual dichos sujetos no registraban actividad económica alguna.

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