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Procedimiento Tributario

11/Abr/2023 - 10:22:04 AM

Prorrogan el Uso de la Carta de Porte Electrónica para Derivados Granarios

**Resolución General (AFIP) 5344/23 (BO 11/04/23)**
La AFIP modifico la RG 5.235 por la que se estableció el uso obligatorio de la “Carta de Porte Electrónica - Derivados Granarios” como único documento válido para respaldar el traslado de cualquier tipo de productos y/o subproductos obtenidos del procesamiento y/o manipulación y/o acondicionamiento de granos -cereales y oleaginosas- y legumbres secas, a cualquier destino mediante el transporte terrestre, a finde diferir su aplicación obligatoria hasta el 2 de junio de 2023.

El artículo 24 de la citada resolución general conjunta establecia que “Las disposiciones de esta norma conjunta entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y resultarán de aplicación optativa para los traslados que se efectúen a partir del 15 de diciembre de 2022, inclusive, y obligatoria para los traslados que se efectúen a partir del 1 de marzo de 2023, inclusive.”.

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