Procedimiento Tributario
19/May/2023 - 3:20:17 PM
**Resolución General (AFIP) 5362/23 (BO 19/05/23)**
La AFIP modifico los importes a partir de los cuales es obligatorio la solitud del COTI y el CETA para lo cual modifico la RG 2.729 por la que se estableció el procedimiento a observar por los sujetos que realicen operaciones de transferencia de vehículos automotores y motovehículos usados radicados en el país y la RG 2.371, dispuso un régimen de información respecto de la transferencia a título oneroso de bienes inmuebles.
También se modificó la Resolución General Nº 2.032, por la que se implementó un régimen de información que deben cumplimentar los sujetos que en forma habitual realicen operaciones de intermediación y/o compraventa de vehículos automotores y/o motovehículos usados y la RG 2.371, que dispuso un régimen de información respecto de la negociación, oferta o transferencia a título oneroso de bienes inmuebles.