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COLECCIÓN ASESORA INFORMA
NOVEDAD !!
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Colección Asesora - 20 años
Veinte años no es nada...? Así reza el tango, pero......(presione ver más para seguir leyendo) |
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Regímenes Jubilatorios Especiales |
13/Ago/2010 - 11:19:42 AM
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Plantas Procesadoras de Aves
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**Resolución (MTESS) 759/10 (BO 13/08/10)**
El Ministerio de Trabajo declaro que las actividades desarrolladas por los trabajadores de las Plantas Procesadoras de Aves, incluidas en el CCT Nº 151/91 se equipararán a las de los trabajadores de la industria de la carne o de la industria del chacinado, a los efectos de acceder a las prestaciones previsionales con encuadre en los requisitos de los regímenes diferenciales que establecen los Decretos Nº 3555/1972 y Nº 8746/1972.
Los empleadores deberán efectuar el correcto encuadramiento de las actividades mencionadas en el marco de los Decretos Nº 3555/72 y/o Nº 8746/72, al momento de su asiento en los respectivos libros y registros, como respaldo documental de la diferencialidad que consignen en oportunidad de extender a los trabajadores comprendidos en esta medida, las certificaciones de servicios y remuneraciones necesarias para la tramitación y logro de las prestaciones previsionales.
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Monotributo |
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Declaración Jurada Informativa Cuatrimestral
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**Resolución General (AFIP) 2887/10 (BO 12/08/10)**
AFIP dispuso la forma, plazos y condiciones que deberán observar los monitributistas alcanzados por la obligación para el de presentar, a la finalización de cada cuatrimestre calendario, la declaración jurada informativa prevista por el artículo 14 de la RG 2746/10.
Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial y serán de aplicación para los sujetos que cumplan alguna de las condiciones previstas respecto del primer cuatrimestre de 2010 y los siguientes. La presentación de la información correspondiente al primer cuatrimestre de 2010 podrá efectuarse hasta el día 30 de septiembre de 2010, inclusive.
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Facturación y Registración |
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Registro de Comercializadores de Materiales a Reciclar
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**Resolución General (AFIP) 2887/10 (BO 12/08/10)**
AFIP modifico las RG Nº 1415 y Nº 100 por las que se establecen el régimen general de emisión de comprobantes y de registración e información de operaciones, a los fines de incorporar los comprobantes que respaldan las compras directas a recolectores de materiales a reciclar -provenientes de residuos "post consumo"-, los cuales permitirán registrar tales operaciones a los fines fiscales.
Las disposiciones de esta Resolución General serán de aplicación a partir del 01 de octubre de 2010 inclusive.
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Salario Mínimo Vital y Móvil |
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Aumento Gradual
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**Resolución (CNTA) 2/2010 (BO 12/08/10)**
El Consejo Nacional del Empleo y la Productividad dispuso, para todos los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos en que el Estado Nacional actúe como empleador, un aumento gradual del salario mínimo, vital y móvil.
El artículo 139 de la Ley Nº 24.013, dispone que el SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL garantizado por el artículo 14 bis de la CONSTITUCION NACIONAL y previsto por el artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo (t.o. 1976) será determinado por el CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL teniendo en cuenta los datos de la situación socioeconómica, los objetivos del instituto y la razonabilidad de la adecuación entre ambos.
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Provincia de Buenos Aires |
11/Ago/2010 - 11:50:18 AM
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Prorrogan Facilidades de Pago
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**Resolución Normativa Nº 052/10**
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires extendió al 31 de agosto del corriente año, la vigencia de los distintos regímenes de regularización dispuestos por las Resoluciones Normativas N° 24/10, Nº 25/10 y sus prórrogas, y las Resoluciones Normativas N° 35/10, N° 40/10 y N° 43/10.
Según informa el organismo son razones de administración tributaria las que llevaron a estimar conveniente extender la vigencia de estos regímenes, con igual alcance, modo y condiciones a los establecidos en las normas citadas.
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Prevención de Lavado de Dinero |
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Compra de Automóviles
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**Resolución (UIF) 118/2010 (BO 10/08/10)**
La Unidad de Información Financiera obligo a los registros del automotor a requerir a las personas físicas y jurídicas una declaración jurada sobre licitud y origen de los fondos por cada operación que realicen, cuando los trámites involucren montos mayores a PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000).
A tales fines se modifico Resolución UIF Nº 310/09 por la cual se aprobó la DIRECTIVA SOBRE REGLAMENTACION DEL ARTICULO 21, INCISOS A) Y B) DE LA LEY Nº 25.246. OPERACIONES SOSPECHOSAS. MODALIDADES, OPORTUNIDADES Y LIMITES DEL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACION DE REPORTARLAS - "REGISTROS AUTOMOTOR Y REGISTROS PRENDARIOS". La norma comenzará a regir el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.
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Comisión Federal de Impuestos |
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Aprueban el reglamento Interno
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** Resolución (CFI) 460/2010 (BO 09/08/10)**
Se aprobó el texto ordenado y actualizado del Reglamento Interno de la Comisión Federal de Impuestos, dicho organismo esta integrado por Funcionarios de la Nación, del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y de los Ministerios de Hacienda, Economía y Finanzas de las Provincias Argentinas, quienes tienen a su cargo el estricto cumplimiento del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos.
Son funciones del organismo: - Contralor del Régimen Transitorio de Distribución de Recursos Fiscales entre la Nación y las Provincias. La masa de fondos a distribuir está integrada por el producido de la recaudación de todos los Impuestos Nacionales con excepción de los derechos de importación, de exportación y aquellos cuya distribución entre la Nación y las Provincias, esté prevista en otros Regímenes Especiales de Coparticipación. - Intervenir con carácter consultivo en la elaboración de todo proyecto de legislación tributaria nacional. - Resolver los conflictos que se susciten entre los Impuestos Locales (Provinciales y Municipales) con los gravámenes nacionales que se coparticipan.
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Riesgos del Trabajo |
06/Ago/2010 - 11:54:30 AM
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Fondo de Reserva
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**Resolución (SRT) 1105/2010 (BO 06/08/10)**
La Superintendencia del Riesgo del trabajo creo el Fondo de Reserva para financiar el funcionamiento de las Comisiones Médicas y Oficinas de Homologación y Visado el cual será integrado proporcionalmente por la A.N.Se.S., en lo referente a los trámites previsionales a cargo de las Comisiones Médicas, y por las A.R.T. y los Empleadores Autoasegurados (E.A.) en virtud de los trámites laborales iniciados ante las mismas.
Mediante el artículo 51 de la Ley Nº 24.241 se crearon las Comisiones Médicas (CC.MM.) y la Comisión Médica Central (C.M.C.), cuyas funciones se encontraban vinculadas a la evaluación, calificación y cuantificación del grado de invalidez en materia previsional. El artículo 1º de la Ley Nº 26.425 dispuso la unificación del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (S.I.J.P.) en un único régimen previsional público denominado "Sistema Integrado Previsional Argentina" (S.I.P.A.), eliminando el régimen de capitalización creado por la Ley Nº 24.241 y se dispuso la transferencia a la S.R.T. del personal médico, técnico, auxiliar y administrativo que se desempeña ante las Comisiones Médicas y la Comisión Médica Central, como también de los bienes inmuebles, muebles y equipamiento técnico necesarios para el adecuado funcionamiento de las mismas. Atento las competencias transferidas por la Ley Nº 26.425, la S.R.T. esta debe garantizar el correcto funcionamiento del sistema cuya gestión se le asigna, velando por la continuidad funcional de las Comisiones Médicas y de la Comisión Médica Central razón por la cual se crea un nuevo Fondo de Reserva destinado a financiar el funcionamiento de las Comisiones Médicas y de las O.H. y V.
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